En el Día Internacional de la Lucha Campesina la Red de Semillas “Resembrando e Intercambiando” denuncia que
Tras once años, siguen sin desarrollarse los Derechos de los agricultores en las normas españolas
Sevilla, 17 de abril de 2017. El pasado 18 de marzo de 2017 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 199/2017, de 3 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación en el que no se hace ninguna mención a los Derechos de los Agricultores.
Leyes anteriores
El 27 de julio de 2006 se publicaba en el BOE la Ley 30/2006, de 26 de julio, de Semillas y Plantas de Vivero y de Recursos Fitogenéticos, que incorporaba, entre otros, elementos de Directivas comunitarias (como las variedades de conservación) y del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (TIRFAA) ratificado por el Estado español en 2004. Así, en su título IV, la Ley sentaba las bases del acceso a los recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación (RFAA) y del Programa nacional de conservación y utilización sostenible de los RFAA al que se vinculaba el artículo 51 sobre los Derechos de los agricultores, que ya establecía el TIRFAA en su artículo 9.
Propuestas ignoradas
En 2015, nueve años más tarde de la aprobación de la Ley, la Red de Semillas recibió un borrador de Proyecto de Real Decreto/2015, por el que se aprueba el reglamento nacional de conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación. La Red de Semillas presentó alegaciones junto con COAG el 17 de julio de 2015. Un año después, el 18 de marzo de 2016, COAG y Ecologistas en Acción volvieron a presentar alegaciones.
Las sugerencias de estas organizaciones se centraban en añadir al texto la implementación de los Derechos de los agricultores, el apoyo al desarrollo de estrategias para la articulación de la gestión dinámica y conservación in situ de RFAA en fincas de agricultores y la incorporación de un representante de la Red de Semillas así como de dos expertos en gestión dinámica en finca de RFAA, conocimiento tradicional y Derechos de los Agricultores en la Comisión del Programa Nacional propuesta. En definitiva, se planteaba utilizar el Programa Nacional para avanzar hacia un estrategia integral para la conservación y utilización sostenible de los RFAA que incorporase cuestiones como la puesta en marcha de acciones formativas a agricultores y la investigación participativa.
Pero las propuestas realizadas no han sido globalmente recogidas y la norma aprobada prioriza únicamente la conservación ex situ. En el Real Decreto no se abordan los aspectos relacionados con la gestión sostenible de los RFAA como la venta directa de variedades tradicionales, el apoyo a microempresas de agricultores de producción artesanal de semillas de variedades tradicionales y a Bancos de Semillas Comunitarios, herramientas contra la biopiratería, etc.