Los proyectos de ‘fracking’ tendrán que incorporar una evaluación de impacto ambiental. Por primera vez el fracking requiere informes de evaluación ambiental
El Gobierno ha modificado, en Consejo de Ministros, la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad. Además de tipificar como infracción el bunkering mediante el fondeo permanente de buques-tanque, ha introducido medidas de carácter medioambiental, una de las más destacables, el requisito de que los proyectos de fracking incluyan una evaluación de impacto ambiental.
El ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, ha explicado en rueda de prensa que con la nueva ley, que se se enviará a las Cortes, se mejoran los procedimientos de evaluación ambiental «al evitar dilaciones de difícil justificación» desde el punto de vista ambiental.
El Proyecto de Ley, cuyos detalles podrán conocerse cuando se publique en el BOE este sábado, unifica en un solo cuerpo legal las leyes de evaluación ambiental estratégica. El objetivo, ha dicho Arias Cañete, es «colmar una laguna legal» en las zonas de especial conservación, donde se prohibían determinadas prácticas pero no había una tipificación sancionadora.
Impacto ambiental en proyectos de fracking
Los proyectos que empleen la técnica de extracción de gas conocida como fracturación hidráulica horizontal o fracking, tendrán que someterse, por primera vez, a una evaluación de impacto ambiental.
El proyecto de ley introduce la obligación de tener en consideración en la evaluación ambiental el cambio climático, para lo cual, deberán utilizarse las informaciones y las técnicas disponibles en cada momento.
Asimismo, el Ejecutivo simplificará los procedimientos de evaluación ambiental estratégica y de evaluación de impacto ambiental, al emplear un esquema similar para ambos (procedimiento ordinario y simplificado) y homogeneizar su terminología.
El Gobierno considera «llamativas» las cifras de expedientes en tramitación de evaluación ambiental pendientes de resolución. Se calcula que existen aproximadamente unos 10.000 expedientes en tramitación en toda España, cuya duración media en la Administración General del Estado es de 3,4 años.
Según ha explicado Arias Cañete, de esos 10.000 expedientes sin tramitar, 780 corresponden al Gobierno (1.119 expedientes en enero del año pasado). Respecto al plazo máximo de tramitación, la actual ley contemplaba una fecha límite de dos años y la reforma situará este plazo en cuatro meses.
Evaluación ambiental unitaria en España
El ministro ha especificado que esta ley unifica la legislación de evaluación ambiental en todo el país y que las Comunidades autónomas tendrán un año para adaptar su legislación o, en caso de no tener, aplicar la norma estatal con carácter general. La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente será el foro para debatir la propuesta y las reformas legislativas necesarias para esta adaptación.
En esta misma línea, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha resaltado que esta propuesta «incrementa la seguridad jurídica» con una fijación «más clara y homogénea» de la regulación. «Además, hay un intento de reducción de disparidad legislativa que genera muchos problemas a usuarios y agentes económicos por falta de claridad», ha apuntado.
El proyecto de ley establece un modelo básico de evaluación ambiental y un «ajuste de los tiempos de tramitación» para lograr la homogeneización de la normativa en esta materia en todo el territorio nacional.
Por ello, se determinarán con mayor precisión los trámites de los procedimientos administrativos y se ajustarán los tiempos de tramitación, especialmente en la evaluación de impacto ambiental ordinaria, cuyo plazo será de 4 meses, evitando «dilaciones de difícil justificación desde el punto de vista ambiental».
Bancos de conservación de la naturaleza
Otra de las novedades de la ley es la creación de bancos de conservación de la naturaleza. Se trata de un instrumento de carácter voluntario que puede utilizarse para compensar o reparar la pérdida de biodiversidad que se produce como consecuencia de la ejecución de los proyectos con impactos ambientales o de la aparición de daños medioambientales derivados de las actividades económicas susceptibles de generar responsabilidad medioambiental.
«Es una figura más de 20 años éxito en EE. UU., Alemania, Canadá o Australia», ha apuntado Arias Cañete, quien ha subrayado que ya se está experimentando el modelo de bancos de conservación en Reino Unido, Suiza, Francia, Brasil o Sudáfrica.
Asimismo, el proyecto de ley trata de favorecer el uso de las nuevas tecnologías en los procedimientos de evaluación ambiental, con la obligación de que los órganos implicados publiquen en sus páginas web algunos de los documentos que se generan a lo largo de las tramitaciones.
Crítica a la reforma legislativa
Por su parte, la ONG ecologista SEO/BirdLife ha manifestado, en un comunicado que «no es el momento» de llevar a cabo esta reforma legislativa ya que, argumenta, la Unión Europea está trabajando en una nueva Directiva de Impacto Ambiental y poruqe el modelo propuesto en la nueva Ley «no se está utilizando en ningún Estado europeo».
Asimismo, critican que no ha existido una correcta participación pública porque el Gobierno no ha tenido en cuenta la opinión de comunidades autónomas, promotores, consultores, etc.
También creen que las nuevas medidas no resuelven los problemas actuales del procedimiento de impacto ambiental: «Es una ley reduccionista que busca principalmente acortar los plazos de los expedientes. Este recorte en los tiempos provocará que difícilmente se cumplan los plazos y que se mejore la calidad de los estudios de impacto ambiental. Todo ello repercutirá finalmente en el medio ambiente», sentencian.
Por último la ONG ha indicado que realizará un análisis exhaustivo de la nueva ley trasladándolo a los diferentes partidos políticos para intentar conseguir su mejora antes de su aprobación definitiva.